RESPUESTA AL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE LA CORDILLERA
A
rostro descubierto el viejo Estado colonial
Bartolomé Clavero *
Permítame expresarle mi extrañeza por
las formas de su réplica y el lenguaje que acaba siendo literalmente
totalitario. En lo sustancial, me acusa nada menos que de cercenar los derechos
provocando su fragmentación, a lo que Usted opone una visión integral y
transversal comprensiva de los derechos de los pueblos indígenas en el seno de
unas políticas de desarrollo para todo el pueblo boliviano. Las cosas no pueden
quedar más claras: Ya no se trata de articular la plurinacionalidad, sino de
imponer políticas nuevamente mononacionales. He ahí de vuelta a rostro
descubierto el viejo Estado colonial. Gracias, Rector, por el esclarecimiento.
Estimado compañero, junto a mi
agradecimiento por su atención a mi artículo sobre el nuevo atropello de la
Constitución del Estado Plurinacional por una ley que presuntamente la
desarrolla, en este caso el proyecto de Ley de la Madre Tierra y Desarrollo
Integral para Vivir Bien, permítame que comience, antes de entrar en materia,
expresándole mi extrañeza por las formas de su misiva. En primer lugar, no me
llega directamente, cuando mi artículo se encuentra en sitio web abierto a
comentarios, sino a través de mensaje desde dirección del Ministerio de
Comunicación boliviano. No quiero pensar que su réplica no responda a
motivación autónoma, sino a incitación política, pues esto crearía la sospecha
de que su papel se limita a poco más que a la autoridad académica de su firma.
En todo caso, la respuesta es debida.
Su réplica la he publicado como el comentario que es a mi
artículo: http://clavero.derechosindigenas.org/?p=12040#more-12040.
La
segunda razón de mi extrañeza por las formas de su réplica es la del estilo distante
y displicente que adopta entre compañeros. Como debe saber, he sido no sólo
profesor, sino también miembro del Consejo Académico de la Universidad que
actualmente preside. Eran tiempos en los que La Cordillera tenía un diplomado
pionero sobre derechos de los pueblos indígenas que extrañamente se canceló
cuando más necesario iba a resultar, ya entrada la década de los 2000. Aunque
persona competente en la materia de los pueblos indígenas, no exactamente en la
de sus derechos, no tengo noticias de que, como Rector, haya tenido alguna
iniciativa de recuperación de tales estudios ni en su misiva dice nada al
respecto.
En el sitio web de la Universidad (http://www.ucordillera.edu.bo), se afirma que
en la actualidad se ocupa de “temas de urgencia como los de la reducción de la
pobreza, el cambio climático, el cuidado del medio ambiente, el desarrollo
económico, la promoción de la igualdad social, la equidad de género, los
derechos de los pueblos indígenas y la integración latinoamericana”, pero entre
sus cursos, investigaciones y proyectos no comparece tal materia de derechos de
los pueblos indígenas. Aparecen materiales gubernamentales como si fueran
académicos, lo que no puede dejar de chocarme pues, en mis tiempos como
profesor y consejero, la Universidad de la Cordillera era una entidad
independiente. En todo caso, reitero que nada de esto desmerece el
agradecimiento por su comentario y la deuda de una respuesta.
Todo
lo dicho no es ajeno al contenido de su réplica. Comienza por presentarse en
términos explícitos de desmentido, lo que responde a una composición de lugar
más política que académica. Usted no está en condiciones de desmentir algo tan
debatible siempre como un asunto jurídico, igual que yo tampoco lo estoy desde
luego, ni intención que tengo, de desmentirle a Usted. He expuesto una visión,
Usted contrapone otra y hay que confiar en la inteligencia de quienes lean.
También comienza, como concluye, diciendo que mi posición se basa en
tecnicismos legales, un arranque y una conclusión que tampoco es que sean muy
académicos y que resultan además bien extraños cuando su intervención
precisamente se dedica a debatirlos de fondo, no precisamente como tecnicismos.
Que
su formación y su competencia no sean jurídicas puede explicar ese reflejo
descalificatorio de argumentos que se toman en serio. No podría ser menos. Se
trata nada menos que de la cuestión de las relaciones entre la legislación de
desarrollo constitucional y la Constitución misma, unas relaciones que yo veo
como contradictorias y Usted entiende como armoniosas. Mi análisis del texto de
la Ley de la Madre Tierra pertenece a una serie que viene escudriñando dichas
relaciones conforme se desenvuelven y que le confiere sentido al nuevo
capítulo, pero Usted prefiere ignorar el cuerpo de escritos y reducirse a lo
último. Es su opción, que no ayuda desde luego a apreciar la envergadura del
problema.
Voy acusando extrañezas, pero queda una importante, la de su desinformación
afectada. Sabe perfectamente que la Ley de la Madre Tierra es un ejemplo
paradigmático de supuesto de consulta a los pueblos indígenas de medida
legislativa a la que Bolivia está obligada desde que ratificara el Convenio 169
de la Organización Internacional del Trabajo y, más todavía, desde que
incorporara a su ordenamiento la Declaración de las Naciones sobre los Derechos
de los Pueblos Indígenas y, acto seguido, adoptara la actual Constitución en
términos de Estado Plurinacional, plurinacional por la presencia de los pueblos
indígenas y el reconocimiento de sus derechos. Sabe perfectísimamente que la
consulta no se ha producido. Quizás por eso afirma que la formulación de esta
Ley “viene intacta de la versión aprobada por el Pacto de Unidad el año 2010”.
¿Está seguro de la continuidad de este tracto? ¿Ignora que una de las
principales organizaciones principales del fenecido Pacto de Unidad, el
CONAMAQ, Consejo Nacional de Ayllus y Markas del Qullasuyu, viene pugnando por
una Ley de Consulta que contradice frontalmente el planteamiento de la Ley de
la Madre Tierra? Aquí lo tiene: http://www.diplomaciaindigena.org/wp-content/uploads/2011/07/PROPUESTA-DE-LEY-MARCO-DE-CONSULTA-CONAMAQ.pdf.
El Ministerio de Gobierno prepara actualmente un anteproyecto de Ley de
Consulta ignorando igualmente propuesta indígena tan cualificada y sin
previsiones tampoco de someter su texto a consulta de los pueblos indígenas.
En
lo sustancial, su crítica me acusa nada menos que de cercenar los derechos
provocando su fragmentación, a lo que Usted opone una visión integral y
transversal comprensiva de los derechos de los pueblos indígenas en el seno de
unas políticas de desarrollo para todo el pueblo boliviano. Bien está. La
preocupación por la integridad y prosperidad de la ciudadanía boliviana sobre
la base de derechos la comparto plenamente, pero no su forma extraña, bien
extraña, de aplicarla. Usted explícitamente niega que el reconocimiento
internacional y constitucional de los derechos de los pueblos indígenas
signifique reconocimiento de los derechos de todo pueblo indígena con la
garantía de la consulta a favor de cada uno en particular.
Vamos
de extrañeza en extrañeza, pues es realmente un extraño corolario: “La
referencia genérica en el Proyecto de Ley de referencia a los derechos de los
pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y
afrobolivianas en el marco de la Constitución Política del Estado reconoce de
forma transversal este conjunto de derechos, incluido el derecho a la
consulta”. La redacción se ve que es precipitada, pero la idea está clara: la
tranversalización del derecho es la forma de denegárselo a su verdadero sujeto,
el más genuino para el caso cada pueblo indígena. Estoy de acuerdo: es con
exactitud lo que hace esta Ley y lo que viene haciéndose por el conjunto de la
legislación presuntamente de desarrollo de la Constitución del Estado
Plurinacional.
Así
concluye su réplica: “Entonces las críticas del Sr. Clavero al Proyecto de Ley
de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien no son más que la
constatación de que seguimos enfrentados a visiones y modelos de pensamiento
que no nos permiten avanzar hacia el desarrollo integral del pueblo boliviano
porque priorizan lo específico sobre lo global, las partes sobre el todo, y en
el marco de tecnicismos legales enturbian la necesidad histórica de que el
Estado Plurinacional de Bolivia construya una efectiva arquitectura
institucional, social y legal para avanzar de forma real y progresiva hacia el
Vivir Bien”. Vuelvo a estar de acuerdo. Lo estoy en lo de la contraposición
entre visiones difícilmente reconciliables. El problema se cifra en qué visión
responde a la plurinacionalidad constitucional del Estado.
El
contraste entre legislación y Constitución se resalta todavía más con ese
extraño, nuevamente extraño, argumento de que el reconocimiento y la garantía
de los derechos de los pueblos indígenas, de cada pueblo indígena, supone
priorizar lo específico sobre lo global, las partes por el todo, y no articular
el Estado Plurinacional para superar la persistencia del colonialismo conforme
a las directrices de la Constitución.
Es
mi última extrañeza, la mayor de todas. El lenguaje acaba siendo literalmente
totalitario: el todo del pueblo boliviano ha de priorizarse sobre las partes de
cada sujeto de derechos, comprendidos los pueblos indígenas. Ya no se trata de
articular la plurinacionalidad, sino de imponer políticas nuevamente
mononacionales. ¿Quiénes cercenany fragmentan? He ahí de vuelta a rostro
descubierto el viejo Estado colonial. Las cosas no pueden quedar más claras.
Gracias, Rector, por el esclarecimiento.
Con
mis atentos saludos, Bartolomé Clavero
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